El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, ha abierto una vía extraordinaria para regularizar la situación de determinadas personas extranjeras en España. La norma contempla, por un lado, una autorización para quienes hubieran solicitado protección internacional antes del 1 de enero de 2026 y, por otro, un arraigo extraordinario para personas que ya estuvieran en España antes de esa fecha. En ambos casos, el plazo de solicitud finaliza el 30 de junio de 2026.

Para acceder a estas vías, con carácter general, debe acreditarse la presencia en España antes del 1 de enero de 2026, una permanencia continuada de al menos cinco meses, así como la carencia de antecedentes penales y el cumplimiento de los requisitos específicos de cada procedimiento. La autorización puede habilitar para residir y trabajar, y la tramitación puede realizarse por vía telemática o presencial con cita previa.

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